Por Miguel Colon
El Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) ha venido permitiendo a la empresa aérea DW Dominican Wings, S.A., que utiliza el nombre comercial “Arajet”, desde su proceso de certificación violar la Ley 491-06 y las Regulaciones Aéreas Dominicanas (RAD) en diferentes artículos, como los artículos 120,121,122,123,125 y 237 de la Ley 491-06, refiriéndose los primeros cinco (5) a la obtención de licencias para ciudadanos extranjeros, debiendo resaltar que se le está emitiendo al día de la fecha, licencias convalidadas a personas que proceden de países donde no se respeta el principio de reciprocidad del Convenio de Chicago y como claramente expresa el artículo 123 que para que se pueda permitir actividad aeronáutica remunerada a personal extranjero, deben proceder de un lugar donde el personal profesional aeronáutico dominicano pueda ejercer actividad aeronáutica remunerada en igual condición, y el sexto se refiere a la propiedad sustancial y control efectivo de las líneas aéreas.
Además, se violan los RADs, como el RAD 119.33 que detalla los requisitos generales para la obtención de un Certificado de Operador Aéreo, RAD 119.65 que define el personal administrativo requerido para operaciones conducidas bajo el RAD 121, que es desde las dependencias donde se pueden comunicar con el IDAC desde la empresa, RAD 119.67 que establece las calificaciones que debe poseer el personal administrativo para operaciones conducidas bajo el RAD 121, entre otras violaciones que permite el IDAC a esta empresa aérea.
Este pasado domingo 19 de enero del presente año que recién inicia, observamos en varios medios, publicaciones y fotografías en donde el Sr. Igor Rodríguez salía acompañado de los Profesionales Pilotos Dominicanos Víctor Cruz y Yoryi Bonilla quienes habrían sido ascendidos dentro de la empresa aérea Arajet a la posición de Capitanes de Nave. En dicha publicación la empresa Arajet comunica que, para completar este proceso, los profesionales dominicanos debieron cumplir con una serie de requisitos y pruebas, tales como haber volado más de 5 mil horas totales, de las cuales más de 1000 deben ser en los aviones Boeing de Arajet como primeros oficiales.
Lo que no explica Arajet es, porqué los profesionales dominicanos deben volar como mínimo1000 horas en el equipo Boeing 737 Max 8 que esta empresa opera, como primeros oficiales, sin importar de cual equipo anterior posea experiencia ese profesional dominicano como Capitán de Nave, requisito que no se le exige a los colombianos, venezolanos, brasileños, bolivianos y otras nacionalidades que laboran con licencias convalidadas ilegalmente por el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), a quienes se les permite una entrada directa a Capitán de Nave (DEC), en detrimento de los profesionales dominicanos y en franca violación a la Ley 491-06 y Regulaciones Aéreas Dominicanas.
El pasado 22 de enero inició en España la Feria Internacional de Turismo FITUR 2025, en donde el Sr. Igor David Rodríguez Durán Director General del IDAC, en calidad de Miembro del Consejo de Turismo, acompañó al Ministro de Turismo Miguel David Collado Morales, declarando el Sr. Igor Rodríguez tener conocimiento pleno de que Arajet habría iniciado con la venta de boletos aéreos hacia los Estados Unidos, destacando que esto junto a las rutas solicitadas por Arajet hacia Miami, New York y Puerto Rico se habría conocido en la Junta de Aviación Civil (JAC), y que se habría planteado el inicio de operaciones para el mes de abril de este año 2025.
Asimismo declaró por su parte el Ministro de Turismo en rueda de prensa realizada en FITUR 2025, cito: “la línea aérea Arajet que esta financiada por Bain Capital, un fondo de inversión americano que tiene más de 113,000 millones de dólares sacó al mercado el segundo día de FITUR, ya los vuelos a Miami y en un día vendieron 1000 tickets de Miami – República Dominicana, en el primer día que salió en venta”, fin de la cita.
Los Sres. Igor David Rodríguez Durán, Héctor Elie Porcella Dumas y Miguel David Collado Morales, Director General del IDAC, Presidente de la JAC y Ministro de Turismo respectivamente, deben aclarar al sector aéreo nacional, como declaran en FITUR 2025 poseer pleno conocimiento de estas actividades de Arajet y le permiten haber iniciado la venta de boletos aéreos sin que la misma al día de la fecha halla recibido la Certificación 129 por parte de la Agencia Federal de Aviación (FAA) de los Estados Unidos, declaró Arajet en fecha 21 de enero del 2025, y dicho documento es imprescindible para que esta aerolínea pueda ingresar a territorio estadounidense para realizar operaciones comerciales parte 121, aunque hayan obtenido una exención parte 49 U.S.C § 41301 por parte del Departamento de Transporte (DOT) de USA en fecha 19 de diciembre del 2024.
El marcado interés por parte de autoridades dominicanas de impulsar exclusivamente a una empresa que NO es dominicana, y que NO es de capital gubernamental, permitiéndole todo tipo de violaciones a las leyes y reglamentos de nuestro país, debe estar llamando mucho el interés de las nuevas autoridades estadounidenses del Departamento de Transporte (DOT) y la Agencia Federal de Aviación (FAA), encargadas de otorgar los permisos correspondientes para que la misma pueda operar en su territorio, y sobre todo de los alegatos que se muestran en la exención obtenida en el DOT por las anteriores autoridades de esa entidad.
Sr. Igor Rodríguez, su presencia en Arajet, empresa que NO cumple con las leyes, normas y regulaciones OBLIGATORIAS en nuestro país, para tomarse fotos con los pilotos recién ascendidos, deseando ellos ocultar la verdadera noticia sobre la renuncia al cargo de Jefe de Pilotos de Arajet del Capitán Piloto Abel Marte, y su presencia en FITUR 2025 dando declaraciones a favor de esta aerolínea, no es más que validar lo que ha sido creado de manera irregular, no hemos visto su presencia en las demás empresas aéreas, que SI son dominicanas y que cumplen con todos los requisitos establecidos en la Ley 491-06 de Aviación Civil y las Regulaciones Aéreas Dominicas (RADs).
Deseamos recordarle Sr. Igor Rodríguez, que el IDAC es el responsable de cumplir y hacer cumplir la Ley 491-06 de Aviación Civil y las Regulaciones Aéreas Dominicanas, pero permitiendo a esta aerolínea violar la ley, así como viola el IDAC su misma ley en el artículo 38 que establece que ningún funcionario o empleado del Instituto Dominicano de Aviación Civil podrá tener ningún interés económico o financiero, ni acciones o vínculos, ni empleo subordinado remunerado con empresas aeronáuticas, y técnicos (pilotos, controladores, técnicos en mantenimiento, entre otras áreas), que laboran en el IDAC, que tienen vínculos directos o laboran en empresas aéreas.
La falta de un gremio que defienda los intereses de los profesionales de la aviación dominicana se hace sentir cada vez más, esperamos que el Sr. Bolívar Batista y su directiva, desistan del secuestro que le tienen a la Asociación Nacional de Pilotos (ANP) para que alguien con visión y que haga vida técnica y profesional en la República Dominicana, de manera activa o retirada, pueda sacar la cabeza por los profesionales dominicanos y no se emita una sola licencia convalidada más a personal extranjero, en violación a la Ley 491-06 de Aviación Civil.
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