Por Miguel Colon
Con mucha tristeza en nuestro país, vemos como los profesionales son marginados, mientras que personas de igual o menor preparación, de otras nacionalidades son tratados con mayor consideración por algunas empresas, ya que desde las instituciones gubernamentales que deben velar por que esto se regule, es desde donde se propician estas irregularidades.
La contratación de mano de obra extranjera en la República Dominicana no es ilegal, siempre y cuando las personas a ser beneficiadas se encuentren con su documentación en regla, cumpliendo con todas las leyes y normas existentes.
Para normalizar esta situación deben intervenir, la Dirección General de Migración (DGM), encargada de velar de que todas las personas posean un estatus legal migratorio, de lo contrario serian personas denominadas como ilegales, y no podrían optar para poder insertarse en el mercado laboral profesional. Asimismo, debe intervenir el Ministerio de Trabajo, quienes deben velar que las personas, posean su registro legal migratorio, acorde lo establece el Código Laboral Dominicano, que protege a los nacionales por encima de los extranjeros, aun cuando estos se encuentran legalmente establecidos en el país.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), como encargada de la administración y recaudación de los impuestos y tasas de los contribuyentes, deja de percibir los impuestos no devengados por parte de quienes no se encuentran debidamente registrados, personas extranjeras que deberían ser contribuyentes, laborando en empresas que los contratan de manera irregular.
A ninguna empresa le convendría contratar mano de obra extranjera que se encuentre legalmente dentro del país, por las restricciones que exige el Código Laboral Dominicano, ya que, para contratar personal extranjero, deberá hacerse mediante la regla 80/20, 80% personal dominicano, 20% personal extranjero. Pero algunas empresas contratan personal extranjero indocumentado debido a que estos aparte de ser mano de obra barata, no se les paga cesantía, seguridad social, doble sueldo, permiso de maternidad, vacaciones, no tributan al fisco (no pagan impuestos), y al momento de despedirlos, no se les paga liquidación, y solamente son borrados de un listado, sin ningún tipo de documentación administrativa, ni registro en el Ministerio de Trabajo.
El sector aeronáutico dominicano no está exento a estas irregularidades, ya que empresas aéreas en nuestro país utilizan mano de obra ilegal extranjera, por la falta de un régimen de consecuencias para quienes violen las leyes, por parte del gobierno dominicano, en perjuicio de los profesionales del sector aeronáutico local.
Aunque, el otorgar una licencia convalidada a personal extranjero, no sea considerado como un permiso laboral, el otorgamiento de este tipo de licencias, a raíz de una solicitud por parte de una empresa, sin que se presente la documentación legal requerida, es considerada una falta grave de la empresa, la cual debería ser multada, y está en la obligación a pagar los impuestos al estado por cada extranjero contratado, pero no menos culpable, es del Instituto Dominicano de Aviación Civil, al otorgar la licencia de manera irregular y no comunicarle a la Dirección General de Migración para que investigue cada caso, así como también al Ministerio de Trabajo y a la DGII para que intervengan y fiscalicen dichas empresas de manera laboral y fiscal.
Podemos señalar de manera específica algunos nombres, como el de Gianfranco Jorge De Vita Joyce, de nacionalidad venezolana, quien posee la licencia convalidada por el IDAC No. 1667-TLA-C, a quien se le ha convalidado licencia en nuestro país, por más de 10 años, desde que operaba en Pan Am World Airways (PAWA) Dominicana, hasta el día de la fecha, que se encuentra laborando para la empresa RED Air, como el Sr. Luis Alexander Reyes Mendoza, también de nacionalidad venezolana, licencia convalidada No. 1760-TLA-C, quien laboró en PAWA Dominicana y hoy en día labora para la empresa SkyHigh, en violación de las leyes y regulaciones dominicanas, que especifican que solo se debe convalidar licencia por un periodo determinado (6 meses) y solamente para los fines de transferencia de conocimientos y preparar al personal dominicano para ocupar dichas posiciones.
Pero la que se lleva el premio mayor es la empresa foránea que discrimina a los profesionales dominicanos, DW Dominican Wings, S.A. que utiliza el nombre comercial de Arajet, que al día de la fecha y a tan solo dos años de operar en nuestro país, tiene más de 100 empleados extranjeros ilegales, entre los que se encuentran pilotos y técnicos de mantenimiento. Esta empresa trae al país, pilotos extranjeros, algunos como primeros oficiales, permitiendo y validando el IDAC que en nuestro país, siendo ilegales, y que no deberían recibir remuneración, se les ascienda a Capitanes de Nave, y también certifican a estos extranjeros ilegales como instructores en las aerolíneas locales, como en los dos casos anteriores y los recientes casos en Arajet, que acaba de certificar a los nacionales sudafricanos, Alan David Brand, licencia convalidada No. 1806-TLA-C, Andrew Kenneth Edward Long-Innes, licencia convalidada No. 1788-TLA-C, Kyle Euan Viljoen, licencia convalidada No. 1744-TLA-C y el piloto de nacionalidad colombiana, Jean Pierre Riederer Saldarriaga, licencia convalidada No. 1808-TLA-C, que a pesar de estar ilegal, proviene de un país en donde NO se cumple con el principio de reciprocidad del Convenio de Chicago y por ende se violan los artículos del 120 al 123 de la Ley 491-06 de Aviación Civil Dominicana.
Tantas esperanzas que pusieron los profesionales de la aviación dominicana en el Capitán Piloto José Abel Marte, quienes celebraron con júbilo su designación en la Jefatura de Pilotos de esa empresa, pero la decepción y la desilusión los arropa al darse estos cuenta que no valió la pena que quien ocupe la posición sea un dominicano o un extranjero como ocurre en otras empresas aéreas en violación al RAD-119 del IDAC, ya que todo sigue igual o peor para los profesionales dominicanos.
Invitamos a la Procuraduría General de la República, a la DGII y al mismo IDAC, a dar seguimiento y a fiscalizar a algunos de sus empleados (supervisores, inspectores) quienes muestran una calidad de vida y poseen bienes que con una simple auditoria visual no pueden justificar en base al salario que devengan en esta institución del estado dominicano.
¿Y cómo lo hacen? Yo no sé, ¿Cuál es el negocio? Sepa usted…
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