Por Miguel Colon
El pasado sábado 3 de agosto el Director General Interino del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) Héctor Porcella, quien ocupará este cargo hasta el próximo 16 de agosto del presente año, publicó en varios medios de comunicación escrita un artículo titulado “Porcella dice acuerdo de cielos abiertos facilitará a líneas aéreas de RD viajar a cualquier destino de EU” en donde expresaba que con este nuevo acuerdo de cielos abiertos, las aerolíneas dominicanas tendrán la opción de viajar directamente a todas las ciudades de Estados Unidos, y que esto iba a favorecer a la gran comunidad criolla que reside en territorio norteamericano.
Para hablar de cielos abiertos debemos saber primero que significa, y no es más que mantener acuerdos bilaterales o multilaterales de transporte aéreo civil según el cual, los mercados del transporte aéreo de los países firmantes se liberalizan y se minimiza la intervención gubernamental en los servicios de pasajeros, carga y combinados, ya sean en vuelos regulares o chárter.
Un vuelo regular es aquel que se realiza por compañías aéreas que operan bajo las Regulaciones Aéreas Dominicanas (RAD) Parte 121, y se entiende como regular cuando se cumplen varias condiciones, entre las que se encuentran:
- Que su horario sea público y fijo, al igual que la frecuencia, el itinerario y el precio.
- Que sea accesible en todo momento a cualquier persona.
- Que se realice entre dos o más zonas distintas de tráfico y sus características no varíen, en esencia, a lo largo del tiempo en el que está programado.
- Contener estándares estrictos para la certificación de aeronaves, capacitación de pilotos, operaciones de mantenimiento, operaciones de vuelo y otros protocolos de seguridad, todos los cuales son fundamentales para mantener un alto nivel de seguridad y confiabilidad a bordo de estos vuelos.
Cuando el Sr. Porcella expresa que este acuerdo facilitaría a las líneas aéreas dominicanas viajar a cualquier parte de EU, desconoce completamente el protocolo y los requisitos existentes para el tipo de operaciones comerciales parte 121, establecido para los vuelos regulares.
Dijo que mientras las líneas aéreas norteamericanas tenían la posibilidad de viajar a cualquier punto del país, hasta ahora las líneas dominicanas solo tenían acceso a tres destinos regulares en territorios de Estados Unidos, específicamente Nueva York, Miami y Puerto Rico; y alternativamente Tampa y Providence.
Con un total desconocimiento de lo descrito en el Acuerdo de Transporte Aéreo entre Estados Unidos y República Dominicana del 22 de junio del 1986, que en su anexo 1, con el título de Servicio Aéreo Regular, sección 1, literal b), establece que las:
Rutas de la aerolínea o aerolíneas designadas por el gobierno de República Dominicana, desde República Dominicana a través de puntos intermedios a Miami, New York y dos puntos adicionales dentro de los Estados Unidos (a ser seleccionados por el gobierno dominicano y comunicado al gobierno estadounidense por escrito a través de las vías diplomáticas al menos 60 días antes de la fecha propuesta), y un punto o puntos en Puerto Rico y más allá:
a) San Juan, Puerto Rico a un punto en Europa
b) San Juan, Puerto Rico a un punto en Canadá
c) Un punto de Estados Unidos (diferente a New York) a un punto en Canadá
Asimismo, apuntó Porcella que “Este convenio con el Gobierno de los Estados Unidos potenciará el intercambio turístico y comercial entre las dos naciones, creará nuevas oportunidades para las líneas aéreas nacionales y abaratará el costo de los pasajes de avión para los dominicanos residentes en el país y en el exterior”.
Pero debemos resaltar que, de lo descrito antes, ciertamente podrá potenciarse el intercambio turístico y comercial entre ambas naciones, y podrán crearse nuevas oportunidades de destinos para las aerolíneas locales, siempre y cuando posean un parque aeronáutico con la capacidad de satisfacer la demanda y competir con las aerolíneas norteamericanas, que sí serán las grandes beneficiarias de estas concesiones, al poseer el parque aeronáutico adecuado. Con respecto al abaratamiento de los costos de los pasajes aéreos para los residentes en el país, solamente sería posible, si adquiriesen el ticket aéreo en las aerolíneas extranjeras ya que la carga impositiva del ticket local impide el abaratamiento del mismo.
Porcella indicó que el nuevo convenio con Estados Unidos resulta especialmente relevante por tratarse del principal aliado económico del país y contar con una población de dos millones de dominicanos que quieren mantener un vínculo regular y permanente con su tierra.
Y especialmente esa población que sobrepasa los dos millones de dominicanos que vive en los Estados Unidos, es el atractivo de las aerolíneas estadounidenses, quienes harán sucumbir a las aerolíneas locales para quedarse con el 100% del pastel.
Con un Tratado de Cielos Abiertos liderado por el Ministro de Turismo Miguel David Collado Morales, completamente negociado bajo la mesa y sin el consenso con los profesionales de la aviación dominicana, no sabiendo hasta qué número de las libertades del aire se ha llegado a negociar, ni bajo cuales condiciones, lo que planta el temor ante el sector aéreo nacional de que este acuerdo, para tratar de beneficiar una aerolínea privada extranjera (Arajet), basada en nuestro país y que no cumple con los requisitos del Departamento de Transporte (DOT) de los Estados Unidos para ingresar legalmente a su territorio, de ser aprobado por el Tribunal Constitucional y el Congreso Dominicano, hará sucumbir la aviación nacional.
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