​Javier “Jay” Rodríguez ¿Juez ó Parte?

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Miguel Colon


Por Miguel Colón 


Mediante una publicación realizada en el periódico digital elaviador.do la semana pasada y la entrevista radial en el programa Por Aire, Mar y Tierra radio en fecha 25 de junio del 2024, el especialista Cubanoamericano Javier “J” Rodríguez, quien encabezó el equipo de asesores técnicos contratados por el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) durante la reciente Auditoría de Evaluación de la Seguridad Operacional de Aviación Internacional (IASA), aplicada por la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA), habría revelado que el país habría demostrado que cumple correctamente con los estándares de seguridad operacional que exige ese organismo, y que para darles tranquilidad a los usuarios de la aviación en República Dominicana, podría  comunicar que en esa revisión final que realizó la FAA, no se habría encontrado ningún fallo que no fuese debidamente subsanado.


Habiendo sido, antes de laborar para el IDAC, ex técnico de la FAA, el Sr. Javier “J” Rodríguez, quien también se desempeñó como Gerente de Inspectores de Operaciones para América Latina y el Caribe en la FAA, y ofrece sus servicios como consultor en el área de aviación para la Certificación de Compañías Aéreas (FAR 121), Transportistas Aéreos Internacionales (FAR 129), Certificación de la Estación de Reparación FAA (Parte 145), Supervisión de la Seguridad de la autoridad de aviación civil, Evaluación de la Seguridad de la Aviación Internacional de la FAA (IASA), Acuerdos de compra e inspecciones de aeronaves, piezas y equipos de aeronaves: arrendamiento, ventas y alquiler, entre otros servicios que ofrece, desea fungir en dicha publicación como Juez y parte, al dar respuesta por adelantado, de los resultados de la inspección y no esperar el tiempo de 45 días establecidos por la FAA para emitir oficialmente los resultados de esta.


El ex técnico de la FAA expresó que para el 2020 y posiblemente hasta el 2022 el país no se encontraba preparado para poder salvar la Categoría 1, y que la participación del presidente Luis Abinader sería un factor clave en los esfuerzos para superar el gran reto de la auditoria IASA, olvidando el Sr. Javier Rodríguez que él trabajaba para el IDAC desde antes del 2020 hasta luego del 2022, y que la injerencia del Sr. Luis Abinader como presidente del país, no debería ser relevante, ya que es una auditoria sumamente técnica basada en las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).  Si no es técnica, desconocemos a que tipo de injerencia hace referencia el Sr. Javier Rodríguez en esta publicación.


También se refirió el Sr. Rodríguez, al valorar la actuación de las autoridades del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), resaltando particularmente que el director Interino Héctor Porcella habría mostrado una impresionante comprensión del problema ocupándose de armar la estrategia para evitar que la situación se le fuese de la mano al país, debiendo el Sr. Rodríguez explicarle al sector aéreo nacional ¿Cómo una persona que no posee la capacidad técnica aeronáutica puede armar las estrategias a seguir durante una inspección IASA por la FAA?


En esa publicación el Sr. Rodríguez admite que se revisó todo el sistema, poniendo a punto las normativas, reglamentos y protocolos operacionales que durante varios años no se habrían actualizado debidamente. ¿Y cuál era su función dentro del IDAC Sr. Jay Rodríguez, entidad para la cual usted laboraba desde 2009, y antes de la inspección IASA?  ¿Conoce el Sr. Jay Rodríguez la empresa Aviation Multinational, LLC, y a qué se dedica?


En innumerables ocasiones hemos detallado por estos medios los ocho (8) elementos críticos de la seguridad operacional en los que se basa la inspección IASA, los cuales son:


  • Legislación aeronáutica primaria;

  • Normas específicas de funcionamiento;

  • Sistema de aviación civil estatal y funciones de vigilancia de la seguridad operacional;

  • Cualificación y formación del personal técnico;

  • Orientación técnica, herramientas y provisión de información crítica de seguridad;

  • Obligaciones de otorgamiento de licencias, certificaciones, autorizaciones y aprobaciones;

  • Obligaciones de vigilancia;

  • Resolución de problemas de seguridad.

Basándonos en estos elementos críticos de la seguridad operacional para la implementación del Programa IASA, ¿Cómo puede el Sr. Jay Rodríguez expresar que en esa inspección no se habría encontrado ningún fallo que no haya sido debidamente subsanado?, y que el país cumple correctamente con los estándares de seguridad operacional que exige la FAA basados en el cumplimiento de la OACI, si es de conocimiento en el sector aéreo que las autoridades aeronáuticas dominicanas no cumplen con varios de estos elementos críticos de la seguridad operacional, entre las cuales se encuentran y no han sido debidamente subsanados:


1. Cuando se viola el Artículo 32 de la Ley 491-06 al nombrar un director y subdirector que no cumplen con los requisitos.


2. Cuando se viola el Artículo 38 de la Ley 491-06 que expresa, ningún funcionario o empleado del Instituto Dominicano de Aviación Civil podrá tener ningún interés económico o financiero, ni acciones o vínculos, ni empleo subordinado remunerado con empresas aeronáuticas.  Habiendo en el IDAC innumerables empleados que no cumplen, incluyendo a sus asesores mientras son empleados remunerados por el IDAC.


3. Cuando se viola el principio de reciprocidad del Convenio de Chicago.


4. Cuando se viola la Ley 285 de Migración dominicana.


5. Cuando se viola el Código Laboral Dominicano.


6. Cuando se utilizó el plazo de 45 días dados por la FAA para emitir los resultados de la inspección, como excusa para presionar al Congreso de la república a modificar la Ley 491-06 de aviación civil en sus artículos 88, 93, 106, 107, 111 para beneficiar a una aerolínea que, según la distribución de sus acciones, expresado por el Ministerio de Industria y Comercio, por una resolución de la Junta de Aviación Civil (JAC), y por el Ministro de Turismo en FITUR 2024 cuando expresa que “el fondo de inversiones Bain Capital es propietario mayoritario al poseer del 98 – 99 % de inversiones y unificarlo con la Empresa Boeing”, lo que la convierte en una empresa foránea, puesto que el Artículo 237 de la Ley 491-06 establece que al tratarse de sociedades dominicanas constituidas de conformidad con las leyes dominicanas, se considerarán empresas nacionales: a) aquellas cuyo capital o propiedad sustancial pertenezca a dominicanos, en al menos un treinta y cinco (35%) por ciento, y su consejo de directores este compuesto por dominicanos en igual proporción; b) aquellas que la mitad más uno del personal directivo de la empresa, no miembros del consejo de directores, sean dominicanos, y; c) que su oficina principal de negocios y comercial este basada en territorio nacional.  No cumpliéndose los literales a y b de este artículo.


7. Cuando se violan varios Artículos de la Ley 491-06 de aviación civil, entre los que se encuentran el 75, 112, 120, 121, 122, 123, que prohíben la utilización de manera remunerada en el país de personal extranjero proveniente de países que no se les permite a los dominicanos las mismas condiciones laborales.


8. Cuando se violan los Artículos 184 y 185 de la Ley 491-06 que establecen que los trabajos aéreos son exclusivamente para los dominicanos.


9. Cuando existe una clara falta de supervisión por parte del IDAC debido al incremento de asientos y la adquisición de aeronaves de gran envergadura sin inspectores capacitados ni con experiencia en esos equipos, para brindar la fiscalización, vigilancia y seguimiento adecuados.


10. Cuando existe en el IDAC una fiesta de convalidaciones de licencias a personal procedentes de países que no cumplen con el principio de reciprocidad del Convenio de Chicago y violan los Artículos 120 al 123 de la Ley 491-06 de aviación civil.


11. Cuando en el IDAC se viola el RAD 119 al permitir personal extranjero ocupando las posiciones reguladas por el IDAC y que se establece que dichas posiciones son exclusivamente para personal dominicano.


12. Cuando a más de dos años aún no se han publicado los resultados del accidente de HELIDOSA en donde fallecieron nueve (9) personas, entre ellos seis (6) estadounidenses, dos (2) dominicanos y un (1) venezolano.  Ni existe un sistema de seguimiento a los casos anteriores al año 2005 que pueda edificar a los usuarios sobre estos acontecimientos.


13. Cuando el IDAC certifica una empresa aérea llamada RED Air, a sabiendas de que no es más que una empresa fantasma que sería utilizada para evadir las sanciones impuestas por los Estados Unidos a Venezuela, documentado esto en el interrogatorio llevado a cabo por la Junta de Seguridad Nacional en el Transporte (NTSB) luego del accidente ocurrido a la aeronave matricula HI-1064 en el Aeropuerto Internacional de Miami, realizado a los Sres. Pedro Piña de los Santos y Rodolfo A. Victoria De León, Director de Normas de Vuelos y Jefe de Operaciones del IDAC respectivamente, donde ambos admiten que RED Air y Laser son prácticamente lo mismo y pertenece a los mismos propietarios, pero además de certificarla permiten que el control operacional de la misma se tenga desde Venezuela, lo que es un grave problema para la seguridad operacional, y además de esto, les convalidan licencias a personal venezolano para que ingrese de manera irregular a territorio norteamericano, basados en una licencia convalidada Dominicana.


Desconocemos cómo inspectores de gran experiencia y trayectoria en la FAA y dedicados al programa IASA, hayan dicho haber encontrado cero hallazgos y no hayan visto estas y otras cuantas violaciones más, al reconocer el Sr. Jay Rodríguez que hubo una gran digitación de documentos por parte del equipo de asesores hasta salirles cayos en los dedos, lo que bien podría calificarse de que se podría haber realizado “falsedad de documentos”, y otras acciones que se encuentran dentro de los ocho (8) elementos críticos que perjudican directamente la seguridad operacional.  


Esperamos que los inspectores de la FAA que realizaron la inspección IASA al Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), no tengan que pasar por la oficina del Inspector General (GI) de la FAA para explicar en qué condiciones hubo un cumplimiento del cien por ciento (100%), con cero hallazgos encontrados.


La premura al dar a conocer los resultados antes del plazo establecido por la FAA y la mención por parte del Sr. Javier “J” Rodríguez de la palabra “injerencia” por algunos dirigentes políticos en su publicación y en su entrevista, como sus diversas reuniones con el Sr. Luis Abinader, presidente de la república, Héctor Porcella director general interino del IDAC, quien admitió públicamente que desde esta institución se lleva a cabo una política de cielos abiertos a nivel general, David Collado ministro de turismo, completo desconocedor del sector aéreo nacional, y quien ha estado realizando acciones de lobismo ante el Departamento de Transporte de los Estados Unidos (DOT) para tratar de beneficiar exclusivamente una aerolínea que según sus propias palabras NO es dominicana, es preciso que se le dé una explicación al país y a las autoridades norteamericanas del significado que se le quiso dar a estos resultados adelantados prematuramente, y a esta palabra (injerencia) en dicha publicación, para en un futuro no vernos envueltos en algún tipo de acusación por parte de las autoridades norteamericanas, de que el país logró mantener la “Categoría 1” basados en algún tipo de acción comprometedora o fraudulenta. 


Decídase Sr. Jay Rodríguez y como técnico aeronáutico sea usted, Juez o Parte.

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