Tips aeronáuticos

Sobre la modificación a la Ley 491-06

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Hugo

Por Hugo Bueno Pascal


Las recientes modificaciones que serán introducidas a la Ley 491-06 y que se dan por un hecho en vista de que ya fueron aprobadas por el senado de la República, podrían catalogarse en su mayoría de adecuación y actualización a las normas internacionales y específicamente a las estipulaciones del organismo regulador del sector a nivel internacional que es la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). De igual manera se establecen artículos que van en busca de mejorar la seguridad en el espacio aéreo del país.


Se podría señalar como modificación de importancia la que se establece en los artículos 114 y 115, donde se le da la facultad al director o directora del IDAC para aprobar o autorizar la expedición de certificados médicos al personal aeronáutico con respecto a la capacidad psicofísica de estos y para autorizar la expedición de los certificados médicos que soportan las licencias del personal aeronáutico.


Estas modificaciones entendemos que las aprobaciones correspondientes deben estar a cargo del IDAC como institución y con las recomendaciones de su departamento técnico que es quien dispone del personal para evaluar estas capacidades.


Por otro lado, es lamentable que en estas modificaciones a la ley no se hayan establecido indemnizaciones a los usuarios de los servicios de transporte aéreos por lo menos limites mínimos en pérdidas de equipajes y retrasos de vuelos, ya que esto se ha constituido un verdadero desastre de parte de las aerolíneas que ofrecen servicios en el país, lo que se manifiesta en las constantes protestas de muchos viajeros que se ven afectados por estas malas prácticas.


Por otro lado, también no se incluyen en estas modificaciones regulaciones en busca de mejorar la participación del personal dominicano en los servicios de tierra que se ofrecen a las aerolíneas extranjeras y nacionales.


Sería interesante que los actores que están involucrados en estas modificaciones echen un vistazo a algunas leyes similares de países de la región, como es el caso de Costa Rica para incluir mejoras que vayn en beneficio de la aviación comercial del país.

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